El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) resolvió, en sesión extraordinaria, el procedimiento sancionador ordinario 10/2025-PSO-CG, derivado de una denuncia presentada contra la presidenta del Sistema DIF municipal de Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato.
La queja fue interpuesta por Gabriel Mata González, quien se ostentó como regidor suplente del ayuntamiento, en contra de Michel Karyne Reyes Lucio, titular del DIF local. El denunciante señaló que, a través de publicaciones en la red social Facebook, se difundieron contenidos que incluían la voz e imagen de la servidora pública, aparentando un ofrecimiento de apoyos a la ciudadanía. Esto, a su juicio, podría constituir difusión personalizada, utilización de recursos públicos y vulneración a los principios de legalidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral.
Tras el análisis correspondiente, el IEEG determinó declarar la inexistencia de las infracciones denunciadas en materia electoral. Respecto a la presunta propaganda gubernamental con promoción personalizada, el Consejo consideró que, con base en criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no se actualiza el elemento temporal, dado que entre la fecha de la publicación y el inicio del siguiente proceso electoral mediarán aproximadamente catorce meses.
Asimismo, se concluyó que los contenidos analizados no contienen frases que busquen posicionar indebidamente a la servidora pública ante la ciudadanía.
Sobre la posible utilización de recursos públicos, el Instituto aclaró que dicha conducta no se actualiza en la vía electoral; no obstante, se acordó remitir copia certificada del expediente a la Contraloría Municipal de Dolores Hidalgo para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las determinaciones correspondientes.
Finalmente, en relación con la alegada vulneración a los principios de legalidad, imparcialidad y equidad, al no haberse acreditado infracción alguna en materia electoral, el IEEG consideró que dichos supuestos tampoco quedaron demostrados.
Con esta resolución, el Instituto Electoral da por concluido el procedimiento, sin imponer sanción alguna en el ámbito electoral.